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¿Qué es ECOVA? / Estatutos / Estatutos Colegiales
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Las referencias que este Estatuto particular hace al Consejo General de Colegios de Economistas de España deberán entenderse referidas al Consejo de Colegios de Economistas de Castilla y León en el momento de su constitución. En el supuesto de estar constituido y no formar parte del mismo o, en último caso, de no asumir el Consejo Autonómico tales competencias, se entenderá que la referencia al Consejo General de Colegios de Economistas de España permanece.

















