¿Qué es ECOVA? / Código deontológico
II.- NORMAS DEONTOLÓGICAS
2.- DE LAS RELACIONES ENTRE LOS ECONOMISTAS
- Respeto mutuo y lealtad
El Economista mantendrá siempre el más absoluto respeto hacia los compañeros, evitando toda alusión personal, en sus manifestaciones escritas u orales, realizadas en el ámbito de su actuación profesional, evitando siempre la competencia ilícita y desleal, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y las normas corporativas. El Economista procurará atender con la mayor diligencia posible las comunicaciones y visitas de otros Economistas.
- Ejercicio de acciones civiles o penales contra compañeros
El Economista que pretenda ejercitar una acción civil o penal en nombre propio, contra otro compañero, basado en hechos relacionados con su actividad profesional, habrá de comunicarlo previamente al Decano por si considera oportuno realizar una labor de mediación.
- Reclamaciones de honorarios
El Economista procurará la solución extrajudicial de las reclamaciones de honorarios, propios y con otros compañeros, intentando la transacción, y de no conseguirla, podrá pedir la mediación del Colegio.
- De la sustitución en las actuaciones de otro economista
Para encargarse de un asunto profesional o del asesoramiento a empresas encomendado antes a otro compañero, el Economista deberá obtener previamente su autorización como regla de consideración. Se recomienda solicitarla y otorgarla por escrito y con la máxima urgencia y de no concederla, lo autorizará el Decano en todo caso.

















