[WEBINAR] Procedimiento Administrativo y Contencioso-Administrativo - ONLINE
NOVEDAD: el asistente que lo desee puede hacer llegar un caso concreto con carácter previo para que lo analicen y presenten en la reunión, dándo la solución que piensen pueda ajustarse al asunto. Sólo se analizaran dos casos pues no habría tiempo para más. El envio debe realizarse a ecova@ecova.es antes del 28 de febrero para poder realizar un estudio del caso.
1. Procedimiento administrativo
- Definición y resumen de las fases. Mención Ley 39/2015
2. Recursos en vía administrativa
- 2.1. Actos recurribles
- 2.2. Actos que ponen fin a la vía administrativa
- 2.3. Clases de recursos administrativos
- 2.3.1. Recurso de alzada
- 2.3.2. Recurso de reposición
- 2.3.3. Recurso extraordinario de revisión
- 2.3.4. Recursos especiales
3. Recurso en vía judicial: el recurso contencioso-administrativo. Ley 29/1998
- 3.1. Juzgados y Tribunales
- 3.2. Plazos
- 3.3. Procedimientos
- 3.3.1. Ordinario
- 3.3.2. Abreviado
- 3.3.3. Recurso contencioso-administrativo para la protección de derechos
- fundamentales
- 3.4. ¿Es necesaria la presencia de un abogado y un procurador?
- 3.5. Costas del procedimiento
4. Procedimiento para recurrir actos Tributarios (especial Agencia Tributaria)
- 4.1. Recursos tributarios (LGT)
- 4.1.1. Procedimientos especiales de revisión
- 4.1.2. Recurso de reposición
- 4.1.3. Reclamaciones económico-administrativas
- 4.2. Procedimiento de solicitud de ingresos indebidos
- 4.3. Supuestos reales
- 4.3.1. Ante Ayuntamientos: Plusvalía
- 4.3.1.1. Análisis del caso
- 4.3.1.2. Recursos en vía administrativa
- 4.3.1.3. Recurso contencioso-administrativo
- 4.3.1.4. Sentencia
- 4.3.2. Ante Hacienda Castilla y León: Resolución TEAR sobre ITPO
- 4.3.2.1. Análisis del caso
- 4.3.3. Ante la AEAT: Procedimiento de reclamación de IRPF de 80€ estimado con 1.000€ en costas a nuestro favor
- 4.3.3.1. Acto de la AEAT
- 4.3.3.2. Recursos en vía administrativa y concatenación de silencios
- 4.3.3.3. Recurso contencioso-administrativo
- 4.3.3.4. Sentencia
5. Procedimiento para recurrir ante la Seguridad Social
- 5.1. Supuestos reales
- 5.1.1. Tarifa plana autónomo
- 5.1.1.1. Solicitud de alta
- 5.1.1.2. Resolución
- 5.1.1.3. Recurso de alzada
- 5.1.1.4. Respuesta de la TGSS
- 5.1.1.5. Recurso contencioso-administrativo
- 5.1.1.6. Allanamiento
- 5.1.1.7. Sentencia
6. Procedimiento ante SEPE
- 6.1. Supuestos reales
- 6.1.1. Disputa en cuanto a la solicitud ingresos indebidos
- 6.1.1.1. Análisis del caso
- 6.1.1.2. Sentencia TSJ CyL
- 6.1.1.3. Sentencia TSJ Madrid
- 6.1.1.4. Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo
7. Procedimientos ante otras administraciones
- 7.1. Supuestos reales
- 7.1.1 Reclamación factura de constitución de sociedad ante el Registro Mercantil
8. Dos casos prácticos propuestos por asistentes
9. Preguntas y novedades de última hora
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OBLIGACIÓN DE FORMACIÓN
Auditoría: Real Decreto 2/2021, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas. Artículo 33. Formación continuada. 1. A los efectos de lo previsto en el artículo 8.7 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, los auditores de cuentas inscritos en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, en situación de ejercientes, y los auditores de cuentas no ejercientes que se encuentren colaborando activamente con un auditor de cuentas en tareas directamente ligadas a la actividad de auditoría de cuentas, cualquiera que sea la vinculación contractual, deberán realizar actividades de formación continuada por un tiempo equivalente, al menos, a ciento veinte horas en un período de tres años, con un mínimo de treinta horas anuales.
Concursal: Para poder formar parte de las Listas para Actuaciones Concursales del Colegio de Economistas de Valladolid para 2024 los profesionales deben cumplir los requisitos previstos en la Ley y además a nivel formativo deberán acreditar 16 horas de formación en 2023 siempre que tengan que ver con las siguiente áreas formativas: concursal, fiscal, contabilidad, auditoria, mercantil y laboral. Siendo este requisito indispensable para pertenecer a las listas del Colegio de Economistas de Valladolid.
Experto Contable: para mantener la acreditación de experto contable es necesario realizar un determinado número de horas de formación anual. Finalizado el trienio y de acuerdo con lo aprobado por el Consejo Directivo del REC], se deberá acreditar la formación realizada a lo largo de este periodo con al menos 60 horas de formación (o la parte proporcional correspondiente con tu fecha de alta).
Recomienda este curso a tus empresas, empleados, colaboradores y personal de apoyo
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Fecha de fin:
Fecha límite de inscripción:
Cuotas del curso:
- Colegiados / Precolegiados / Usuarios Asociados: 30,00 €
- No colegiados: 60,00 €
- Empresas colaboradoras y empleados de despachos de economistas: 40,00 €
Actividad: Actividad de alumno en curso de autoestudio (online) [Sólo CON prueba de evaluación]
¿Requiere prueba?: No
Días de impartición: jueves
Horario del curso: De 16:00 a 19:00
Duración: 3 h.